La Corte Suprema determinó que el Fisco debe pagar una indemnización total de quinientos millones de pesos a cinco familiares de tres de las víctimas del denominado “Comando Conjunto”, desaparecidos entre el 03 de noviembre de 1975 y el 26 de julio de 1976 en la Región Metropolitana.

En fallo dividido, los ministros de la Segunda Sala Penal, Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y el abogado integrante Ricardo Peralta acogieron el recurso de casación y ordenaron que el Fisco pague cien millones de pesos a cada uno de los cinco parientes de José del Carmen Sagredo Pacheco, Alfredo Ernesto Salinas Vásquez y Juan Antonio Gianelli Company, desaparecidos en la más reciente dictadura.

La sentencia determina que los hechos son crímenes de lesa humanidad, por lo tanto deben ser reparados tanto en el aspecto penal, como en el aspecto civil de acuerdo a la legislación internacional que regula la materia.

“Que en el caso en análisis, dado el carácter de delitos de lesa humanidad de los ilícitos verificados, con la intervención de agentes del Estado amparados en un manto de impunidad tejido con recursos estatales, se debe concluir no sólo aparejada la imposibilidad de declarar la prescripción de la acción penal que de ellos emana sino que, además, la inviabilidad de proclamar la extinción -por el transcurso del tiempo- de la posibilidad de ejercer la acción civil indemnizatoria derivada de los delitos que se han tenido por acreditados”, dice el fallo.

La resolución agrega que “tampoco puede aceptarse la alegación del Fisco de Chile de declarar improcedente la indemnización que se ha demandado en razón de que los actores obtuvieron pensiones de reparación de conformidad a la Ley N° 19.123 y sus sucesivas modificaciones, pues esa pretensión contradice lo dispuesto en la normativa internacional”.

La sentencia se adoptó con el voto en contra del abogado integrante Peralta quien consideró que se debe aplicar la prescripción de la acción civil en este caso.

En el aspecto penal la sentencia confirma las condenas de: 5 años y un día de presidio, sin beneficios, para los ex agentes del Comando Conjunto Freddy Ruiz Bunguer, César Palma Ramírez, Juan Francisco Saavedra Loyola, Manuel Muñoz Gamboa; de 4 años de presidio para el ex agente Daniel Guimpert Corvalán, con el beneficio de la remisión condicional; y la absolución de los agentes Viviana Ugarte Sandoval, Eduardo Cartagena Maldonado, Raúl González Fernández y Otto Trujillo Miranda.

El “Comando Conjunto” operó entre 1975 y 1977 y estaba a cargo de coordinar la labor de inteligencia de los distintos servicios de seguridad de las FF.AA y Carabineros. Su papel fue clave en la persecución y eliminación de los miembros del Comité Central del Partido Comunista en esos años.

José del Carmen Sagredo Pacheco, carpintero y dirigente sindical, militante del PC, fue detenido el 03 de noviembre de 1975, alrededor de las 02:30 horas de la madrugada, en su domicilio de calle Independencia, en Conchalí, por tres civiles. Tenía entonces 64 años y dos hijos. Ese mismo día, cerca de la 01:00 de la madrugada y en otro sector de la misma comuna se detuvo a Alfredo Ernesto Salinas Vásquez, obrero y también militante del PC, por un grupo de cinco agentes vestidos de civil que se identificaron como policías. Tenía tres hijos y 45 años entonces.

El 26 de julio de 1976, fue detenido en la escuela donde trabajaba el profesor primario y dirigente comunista del Sindicato Único de la Educación, Juan Antonio Gianelli Company. Fue trasladado hasta La Firma, recinto desde el cual habría sido posteriormente sacado para ser también asesinado y enterrado clandestinamente en la Cuesta Barriga, según datos de la Comisión Rettig.