En el contexto del Día Internacional del Síndrome de Down, la Fundación Descúbreme elaboró una guía con 13 aspectos a considerar al momento de contratar a personas con esta condición genética.

“Contrátame”, es el documento elaborado por la entidad, el cual explica lo que los empleadores deben hacer al momento de incorporarlos al mundo laboral, evitando siempre discriminaciones y procurando explotar sus talentos y habilidades.

En este sentido, la directora ejecutiva de Fundación Descúbreme, Carola Rubia, aseguró que la guía es una excelente herramienta para las empresas. “Las actuales exigencias del mercado obligan a las empresas a plantearse la diversidad de la fuerza laboral y rescatar los beneficios que esta promueve”, explica.

Según señala la fundación, a pesar de que en Chile no existen cifras oficiales, se estima que 1 de cada 700 niños nacidos en nuestro país presenta Síndrome de Down. Esta cifra es mayor a la reportada por otros países de Latinoamérica y en la última década ha ido en constante ascenso, alcanzando una tasa de 2,4 por 1.000 nacidos vivos.

En lo que al documento respecta, éste parte asegurando que la inclusión “tiene un impacto altamente positivo tanto en las empresas como en las personas con discapacidad y en la sociedad en general”. Quienes han contratado a personas con Down, señalan que presentan una productividad idéntica a la del resto de los trabajadores.

Entre los beneficios que podría traer contratar a personas con esta condición, se encuentran la posibilidad de mejorar el clima laboral, promover el trabajo en equipo, generar un sentido de compromiso y una creciente buena reputación corporativa.

Dentro del documento, también se aclaran dudas sobre la habilitación legal para participar en contratos de trabajo. En esta arista, señalan que en nuestro país la ley asegura que todas las personas con discapacidad pueden firmar un contrato. La excepción, son aquellas declaradas interdictas, en cuyo caso es el curador quien debe autorizar dicho proceso.

Asimismo, se exige que el contrato sea igual para todos. Esto quiere decir que las personas con este síndrome acceden a los mismos derechos y deberes que sus compañeros de trabajo. Por lo mismo, se les solicita un horario, normas de higiene y remuneración, entre otros puntos.

Por otra parte, es vital que los empleadores y colegas aseguren una accesibilidad adecuada, una asesoría mediante tutores, un ambiente de trabajo agradable evitando distracciones y procurando que la labor se desarrolle de manera eficiente.

Puedes revisar la guía completa pinchando en el siguiente link
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