El movimiento Revolución Democrática, con su diputado electo Giorgio Jackson, llegaron hasta el Ministerio de Justicia para hacer entrega de una carta en donde se rechazan los beneficios de salidas diarias que recibieron ex efectivos de Carabineros, entre ellos el coronel (r), Guillermo González, y el sargento (r), José Castro, que cumplen condena por violaciones a los derechos humanos en el penal Punta Peuco.

Estos ex uniformados fueron sentenciados por los asesinatos de los profesores José Manuel Parada, Santiago Nattino y Manuel Guerrero en el denominado caso Degollados, donde fueron secuestrados y asesinados por la Dirección de Inteligencia y Comunicaciones de Carabineros en 1985 durante la dictadura militar. Posteriormente sus cuerpos fueron encontrados degollados y con evidentes signos de tortura en un camino de Quilicura.

En la misiva, se pide que se cambie la legislación, ya que los beneficios carcelarios de presos comunes no son equiparables para los condenados por delitos de lesa humanidad, situación sobre la cual Jackson se comprometió a trabajar en el Congreso.

Esto no sin antes acusar irregularidades en los beneficios otorgados a estos ex policías, exigiendo que el ministerio se pronuncie al respecto.

En la entrega de la carta también estaba presente Juan José Parada, quien es hijo de José Manuel Parada, una de las víctimas del caso.

Él recordó que los beneficiados tienen sumarios internos de gendarmería por mala conducta, al organizar huelgas de hambre y amenazas de muerte al personal carcelario.

Esta situación se le expuso a la ministra de Justicia, Patricia Pérez, quien se comprometió a revisar los antecedentes. Sin embargo, los beneficios se entregaron de igual manera.

Al respecto, Juan José Parada consideró que la decisión de permitir estos privilegios tuvo un carácter político y no técnico.

Guillermo González y José Castro gozan del beneficio de salida por 15 horas diarias desde el Penal Punta Peuco desde hace 7 meses, mientras que su historial de malas conductas se suscribe a 2009 y 2010.