El Instituto Nacional de Derechos Humanos aseguró que las actuales normativas no son suficientes para asegurar que no se explote laboralmente a inmigrantes que son ingresados ilegalmente al país, cuestionamientos a los que se sumó Amnistía Internacional.

La entrega de 64 visas humanitarias a inmigrantes bolivianos ilegales que realizaban trabajos forzados en la comuna de Molina, reflotó el tema del tráfico y la trata de personas en el país.

Cabe precisar que el tráfico de personas tiene relación con el ingreso ilegal a un país, mientras que la trata de personas, se refiere a las condiciones vulnerables en las que se mantiene a los extranjeros generalmente ilegales.

La ley 20.507, tipifica y diferencia los delitos de tráfico de inmigrantes versus el de trata de personas. El primero castiga al que “con ánimo de lucro provea o facilite la entrada ilegal de extranjeros”, mientras que el segundo sanciona a quien “mediante violencia o engaños traslade o acoja a personas para ser objeto de algún tipo de explotación, ya sea sexual o laboral”.

De acuerdo a la directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Lorena Fries, Chile se ha transformado en un lugar de tránsito y destino tanto de tráfico de inmigrantes como de trata de personas, debido a las buenas condiciones de estabilidad democrática y económica.

Según Fries la normativa es insuficiente, ya que sólo existe la mencionada legislación y un Decreto Ley de Extranjería que data de la época de la dictadura, además de un par de instructivos presidenciales.

Macarena Machín Alvarez, encargada del tema inmigrantes en Amnistía Internacional, destaca que el tráfico de personas es un delito contra el Estado, donde hay consentimiento de quien ingresa.

No obstante, precisó que en la trata de personas se vulnera los derechos humanos de los inmigantes, en una especie de esclavitud moderna.

Según las expertas, nuestro país debe implementar todos los acuerdos internacionales a fin de proteger a los inmigrantes en la vulneración de sus derechos humanos.