El Sernac envió un oficio a Chilectra y CGE empresas eléctricas para que informen cómo compensarán a los consumidores por el costo del reclamo y la falta de servicio tras los cortes de energía.

Tras el corte de energía que afectó en la madrugada de ayer desde Antofagasta hasta la Araucanía el Sernac envió un oficio a Chilectra y CGE para que informen cómo compensarán a los consumidores por el tiempo que no tuvieron servicio, incluyendo el costo del reclamo y el plazo en el que harán efectiva la solución.

Asimismo, se enviaron los antecedentes a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles para que informe si existe alguna investigación en curso.

En el oficio, el Sernac recuerda a las empresas que no pueden realizar cobro alguno por el tiempo en que los consumidores no tuvieron el servicio.

En materia de electricidad los consumidores tienen derecho a recibir el servicio por el que pagaron, sin interrupciones, y a ser compensados por el tiempo que no tuvieron el servicio cuando no es así.

La normativa que regula los servicios básicos como la electricidad y que fiscaliza la Superintentencia de Electricidad y Combustibles, SEC, establece mecanismos de compensaciones en caso de cortes.

No obstante, las empresas profesionales deben compensar el daño y el costo del reclamo cuando cometen un error y tomar todas las medidas para que no vuelva a ocurrir.

Todo consumidor que tenga un daño mayor, como quema de aparatos eléctricos u algún otro, puede reclamar, primero en la empresa, y de no obtener respuesta, acudir al Sernac para que realice una mediación que busque solución antes de llegar a tribunales. De lo contrario, podrá exigir las indemnizaciones correspondientes en la Justicia amparado en la Ley del Consumidor.

Ante un corte, las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para reponer el servicio lo antes posible, así como deben contar con planes de contingencia para disminuir al máximo la molestia a los usuarios.