Los ministros de Hacienda, Felipe Larraín y de Agricultura, José Antonio Galilea, anunciaron este jueves que se reducirá la tasa de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los productores de trigo y legumbres, medida que beneficiará a cerca de 70 mil agricultores del país.

Trigo

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El titular de Hacienda explicó que para el caso de los productores de legumbre la reducción será del actual 13% a un 10% y en el caso de los trigueros la disminución será del 11% al 4%.

“Esta es una muy buena noticia que beneficia a cerca de 50 mil agricultores que son productores de trigo en Chile. En legumbres está beneficiando a cerca de 20 mil productores, en total son cerca de 70 mil los agricultores chilenos en su mayoría pequeños agricultores”, afirmó Larraín.

Por otro lado, el ministro informó que ya no habrá retención de IVA para los productores de trigo que lleven contabilidad completa o contabilidad simplificada y que vendan más de 2.000 UTM por año.

Por su parte, el titular de agro anunció que todos aquellos contribuyentes independiente del rubro al que se dediquen y que adquieran la modalidad de factura electrónica quedan inmediatamente libres de la retención del impuesto.

“Las consecuencias más directas de esta medida, tiene que ver primero con un problema de caja de los agricultores y, en segundo lugar, apunta a generar una condición de estimulación para que los productores se formalicen en materia tributaria”, afirmó Galilea.

En la misma línea, Larraín explicó que “cualquier contribuyente que tiene retención y transita hacia la factura electrónica inmediatamente queda fuera de la retención”.

“Vamos a trabajar también en apoyar la adopción de factura electrónica en la agricultura. Para poder apoyar a que hayan muchos más contribuyentes que puedan estar dentro del mecanismos de factura electrónica”, aseveró el ministro de Hacienda.

Por último, Galilea comunicó además que el Minagri implementará un plan para ayudar a la mediana y pequeña agricultura a formalizarse de modo que “puedan no sólo tener este beneficio de carácter tributario, sino también que les permita tener acceso a otros beneficios particularmente en el ámbito de financiamiento de sus actividades”.