El Consejo del Banco Central acordó este jueves ampliar el límite global máximo de inversión en el exterior de los Fondos de Pensiones desde un 60% hasta 80%, de acuerdo a sus atribuciones conferidas en la ley publicada el 17 de marzo del 2008, que modificó el D.L. 3.500 de 1980.

Asimismo, el Consejo decidió ampliar el límite máximo de inversión en el exterior por Tipo de Fondo, en 100% para el Fondo Tipo A, en 90% para el Fondo Tipo B, en 75% para el Fondo Tipo C, en 45% para el Fondo Tipo D y en 35% para el Fondo Tipo D.

Al respecto, y consistente con las decisiones tomadas sobre la materia en ocasiones previas, la ampliación de estos límites se efectuará gradualmente, conforme a un calendario realizado por la entidad financiera.

“El acuerdo adoptado por el Consejo, conforme a sus facultades legales, al ampliar las alternativas de diversificación de los Fondos de Pensiones, contribuirá a la obtención de una adecuada rentabilidad y seguridad para esos ahorros previsionales. Esta modificación tiene presente además, la orientación general de política económica del Gobierno”, precisó el instituto emisor a través de un comunicado.

El Banco Central agregó que “en las decisiones que le corresponde adoptar en estas materias, y teniendo presente el cumplimiento de su mandato legal, el Banco Central de Chile considera los desarrollos en los mercados financieros, velando porque los eventuales ajustes de las carteras de inversión de los Fondos de Pensiones puedan llevarse a cabo sin afectar el normal funcionamiento de los pagos internos y externos, o la adecuada implementación de la política monetaria”.

La nueva normativa, se publicará mañana en el Diario Oficial, y entrará en vigencia a partir del 1 de diciembre del presente año.