Durante la jornada de ayer, la justicia determinó el cambio de las medidas cautelares del senador desaforado Jaime Orpis, imputado en el caso Corpesca, pasando de prisión preventiva a arresto domiciliario total y arraigo nacional.

A la salida de la audiencia, los querellantes y la fiscal Ximena Chong, anunciaron que apelarán a la decisión del tribunal.

En diálogo con Expreso Bío Bío, el abogado querellante, Mauricio Daza, señaló que “nos parece bien que se hayan desechado todos los argumentos vinculados con el supuesto estado delicado, grave de salud del imputado Orpis”.

“Hubiera marcado un precedente bastante complejo, ya que no existía ningún informe que diese cuenta de que su integridad física corría un peligro serio, grave, a partir de lo que es esta medida de prisión preventiva”, añadió.

Respecto al pago que realizó Orpis y que conllevaron a que el abogado del Servicio de Impuestos Internos avalara el cambio de cautelares, Daza indicó que “no estamos de acuerdo, en cuanto al significado que se le dio al pago”.

“La medida de que la acción penal no es algo que se pueda comprar, este pago puede ser una vía para satisfacer un giro, un procedimiento administrativo, que es el que ocupa el servicio para obtener cobros, pero no para los efectos para aminorar la proyección de una pena en un ámbito penal, sobre todo si se considera que este pago se realizó años después que se concretaran los hechos y solamente que después que el imputado Orpis fue descubierto y está en prisión preventiva”, enfatizó que querellante.

“La reparación al mal causado tiene que se oportuna, cercana a la ocurrencia de los hechos y no una cosa instrumental que se verifique cuando la persona fue descubierta y llevando harto tiempo en prisión preventiva”, agregó.

En ese sentido, Daza aseguró que pedirán revocar la medida cautelar y buscar una más gravosa. “Nosotros esperamos que se mantenga el criterio que ya había descartado este tipo de argumentos (…). Debe imperar el principio de igualdad ante la ley, ningún otro ciudadano racionalmente, que estuviera imputado por más de 150 delitos graves, reiterados, de carácter tributario, fraude al fisco y cohecho, no estaría cumpliendo otra cautelar que no fuese la prisión preventiva”, sentenció.

Escucha la entrevista realizada por Katherine Ibáñez y Álvaro Escobar en Expreso Bío Bío.