La Corte de Apelaciones de Santiago declaró parcialmente nulo permiso de edificación en la comuna de Ñuñoa, tras establecer que se otorgó con diversas irregularidades, las que fueron detectadas por la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Vivienda, pero no por la Dirección de Obras Municipales.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió el reclamo presentado por vecinos de las calles Pedro Calvo y Emilia Téllez en contra de un edificio a erigirse en Avenida Ossa 1.400.

“Que los antecedentes anteriores constituyen indicios graves que permiten establecer que al otorgarse el permiso de edificación impugnado en el reclamo se incurrió en las ilegalidades antes indicadas; tanto más cuanto que ellos fueron constatados por el organismo (Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo)” sostiene el fallo.

Según sostiene el texto, el director de Obras Municipales concederá el permiso o la autorización requerida si, de acuerdo con los antecedentes acompañados, los proyectos cumplen con las normas urbanísticas”, que incluye alturas máximas de edificación.

“En el presente caso, al autorizar el anteproyecto ya referido, el Director de Obras de Ñuñoa no dio cumplimiento a dichos deberes legales, al aprobar un proyecto de edificación sin ajustarse al instrumento de planificación territorial”.

La demanda apuntaba a “la autorización para construir un edificio de 10 pisos, en circunstancias que solamente procede un máximo de tres“.

Por tanto, concluye: “se declara que ha lugar, con al reclamo de ilegalidad deducido (…), en contra del Permiso de Edificación 37 de fecha de 16 de febrero 2016, autorizado por la Dirección de Obras de la Municipalidad de Ñuñoa”.