El Sexto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago condenó, en fallo unánime, a Óscar Ricardo Salinas Rodríguez a la pena de 10 años de presidio efectivo por el delito de femicidio frustrado.

El 6 de septiembre de 2015, en la comuna de La Granja, Óscar Salinas roció con parafina a su conviviente para posteriormente prenderle fuego. Todo esto debido, aparentemente, a una discusión.

La víctima resultó con “quemaduras AB-B del 50% de la superficie corporal total, con compromiso de cara, tronco, extremidades superiores, cara anterior de muslos con compromiso de vía aérea, injuria inhalatoria tratada, síndrome compartamental de mano derecha resuelto, sobreinfección de superficie cutánea quemada tratada, debiendo ser hospitalizada e intervenida quirúrgicamente con riesgo vital, siendo lesiones clínicamente de carácter grave, y que le hubiesen ocasionado la muerte, de no haber mediado socorros médicos oportunos y eficaces”.

El Ministerio Público y la parte querellante calificaron los hechos como constitutivos del delito de femicidio en grado frustrado, atribuyéndole al acusado una participación en calidad de autor. De esta manera, se solicito que se le impusiera una pena de 10 años y 1 día de presidio menor en su grado mínimo.

Por su parte, la tesis de la defensa es la inexistencia del delito, alegando que la víctima habría intentado quitarse la vida “a lo bonzo” y él la habría salvado.

En fallo unánime, el tribunal, conformado por los jueces Laura Torrealba Serrano (presidenta), José Manuel Rodríguez Guerra (redactor) y Nelly Villegas Becerra aplicó, además, a Salinas Rodríguez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos; y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más las accesorias especiales por el término de 2 años, de prohibición de acercarse a la víctima, o a su domicilio, lugar de trabajo o estudio; la prohibición de porte y tenencia de armas de fuego, y la asistencia obligatoria a programa terapéutico o de orientación familiar.

Posterior a la sentencia, se procedió a tomar las muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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