Dos recursos de protección fueron acogidos por la Corte de Apelaciones en contra del Ministerio de Salud y el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) por haberse negado a dar cobertura al tratamiento de un paciente aquejado por el síndrome de Morquio.

Esta enfermedad consiste en que el cuerpo no cuenta con la cantidad necesaria de sustancias para descomponer cadenas de moléculas de azúcar y necesita el suministro de Vimizim.

La Tercera Sala del tribunal de alzada indicó que hubo un actuar arbitrario por haberle denegado este tratamiento, siendo que otros pacientes sí lo reciben tanto en el sistema público como en el privado.

Además, para tomar la decisión, desde el tribunal consideraron la existencia de otras sentencias que ordenaban la cobertura de este medicamento.

Bajo esto, el fallo estableció que “la decisión adoptada por Fonasa en orden a excluir de cobertura para el tratamiento de reemplazo enzimático mediante el medicamento Vimizim debe ser calificada como infractora del derecho a la igualdad. En efecto, mediante reasignaciones presupuestarias, el Fondo Nacional de Salud ha podido costear y dar solución a 27 pacientes que padecen de la enfermedad de Morquio, siendo excluida la recurrente del mismo beneficio”.

De esta manera, tanto el Minsal como Fonasa deberán entregar la cobertura necesaria para la hospitalización y el suministro del tratamiento Vimizim.