La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT), que denegó acceso a la información sobre vehículos multados por infringir el sistema TAG de las autopistas.

En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada confirmó que la divulgación de las placas patentes, junto a otros datos, vulnera el derecho a la honra de los infractores.

El texto establece que la divulgación de la información sobre los deudores “afecta su capacidad de operar comercialmente y su prestigio comercial, siendo un deber de los organismos públicos el salvaguardar los derechos fundamentales de los ciudadanos”.

La mencionada resolución agrega que “no se ha demostrado en la especie un interés público prevalente, esto es, que frente a la disyuntiva de su entrega o no, permitan justificar que la información solicitada carece de la protección que le otorga la Ley sobre Transparencia y la 19.628, sobre Protección de la Vida Privada”.