En un fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia de sobreseimiento dictada en julio del 2016 en el marco de la investigación del homicidio de José Mora González ocurrido en dictadura, con el objetivo de indagar si se trató de un crimen de lesa humanidad.

Los ministros consideraron que el delito se produjo en un contexto de violaciones masivas a los derechos humanos, puesto que los hechos ocurrieron en diciembre de 1989, por lo que la causa no podría prescribir de acuerdo a la legislación vigente.

Dentro de los argumentos esgrimidos a favor de reabrir el caso se encuentran el contexto nacional, caracterizado por una política estatal de control del orden público al momento de la muerte de Mora, ante lo que “no puede menos que concluirse que constituye un crimen contra la humanidad“, asegura el fallo.

Dicho documento agrega que no se agotaron las herramientas de investigación por “la omisión de diligencias necesarias tendientes a la averiguación de la persona del delincuente y de las circunstancias en que el delito se perpetró, como sucede con la declaración de testigos que no han sido llevados a la presencia judicial”.

Agrega que no se ha logrado dilucidar quien emite la orden de disparar y no se han confrontado los resultados del informe de autopsia con las huellas que quedaron en el cuerpo de la víctima, así como las declaraciones de una de las testigos, identificada como Marta Madrid.

No se ha determinado, por tanto, “si la trayectoria de la bala es la decidida por el tirador o el resultado de la distancia y potencia del arma empleada, todo lo cual fue propuesto oportunamente por los querellantes“, hechos que permitieron dejar sin efecto la sentencia anterior.