Luego de 29 años de ocurridos los hechos, el décimo Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado de Chile al pago de $70 millones por concepto de indemnización a la madre de Edison Palma Coronado, adolescente de 15 años que fue ejecutado a manos de un carabinero en dictadura.

En el contexto de una jornada de marcha nacional en agosto de 1988, la víctima se encontraba entre la multitud de los protestantes en la población La Faena en la comuna de Peñalolén, cuando un efectivo policial disparó y lo propinó una herida de bala mortal.

La causa fue tratada por la justicia como un crimen de lesa humanidad, lo que se refuerza con que “el hijo de la demandante aparece en incorporado en la nómina contenida en el informe por la denominada Comisión de Verdad y Reconciliación como víctima de violencia política”, señala el fallo.

No es posible sostener la inexistencia de responsabilidad del Estado en esta clase de infracciones por la prescripción de la acción civil reparatoria, porque el valor justicia que orienta el Derecho y la convivencia social rechaza tal posibilidad”, consagra la Corte.

Como conclusión, el fallo señala que no resulta necesario acreditar la responsabilidad en los causantes directos del daño, puesto que es inequívoco que el Estado actuó de manera dolosa “cuando integrantes de sus órganos de seguridad se involucraron en torturas, desapariciones forzadas y muertes, entre otros graves atentados”.