La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentada por un modelo publicitario en contra de Polla Chilena de Beneficencia por el uso sin autorización de su imagen en campañas de promoción de sus productos.

En fallo unánime, la Sexta Sala del tribunal de alzada ordenó a la empresa cesar con la utilización de las imágenes de Manuel Arcos Sandoval, ya que concluyó el contrato para su campaña publicitaria.

La sentencia considera que se está afectando el derecho a la propia imagen del modelo por utilizar el uso sin autorización.

“Que el derecho a la imagen se mira desde dos puntos de vista: el primero, es que su titular está facultado para obtener, publicar y reproducir su propia imagen, adscribiéndola a cualquier objeto licito; y la segunda, que terceros, sin su autorización, no pueden captar, reproducir ni difundir esa imagen, cualquiera sea el fin que se persiga”, dice el fallo.

El fallo agrega que “en su origen, el uso de la imagen por Polla fue con el consentimiento del recurrente”, sin embargo, “finalizado los servicios, se ha convertido en el uso no autorizado de su imagen“.

Además se afirma que “el actuar de Polla ha sido ilegal” por lo que el tribunal ordenó que la compañía “debe abstenerse en el futuro del uso de la imagen del recurrente, en cualquier medio de comunicación y plataforma”.