La Corte de Apelaciones de Santiago determinó que el colegio Alcázar de Las Condes deberá pagar una indemnización de 15 millones de pesos a una estudiante agredida al interior del establecimiento.

El hecho se produjo en abril de 2010, cuando la víctima, que cursaba sexto básico, fue agredida por un grupo de alumnas de cursos más altos.

En un fallo unánime, el tribunal confirmó la sentencia emitida por el Duodécimo Juzgado Civil de Santiago que estableció que el colegio era el responsable de la agresión sufrida.

Según indica el dictamen, la responsabilidad del establecimiento radica en que “producidos los hechos, este último no tomó las medidas necesarias para proteger e impedir que los ataques a su hija se repitieran. Debemos entender que los colegios tienen un deber de cuidado respecto de sus alumnos. Es decir, desde que el niño ingresa al establecimiento la responsabilidad de éste nace de un hecho propio, la eventual negligencia en el cuidado”.

En el fallo se reconoce que el colegio tomó medidas de manera general para prevenir este tipo de hechos, ya que realizó charlas y diferentes actividades que buscaban prevenir el bullying, pero no abordó el caso puntual de la estudiante.

Según establece el dictamen, el ataque hacia la estudiante, que consistió en agresiones de tipo físicas y verbales, se produjo durante el recreo, en el patio del colegio y a un costado de los baños.

La situación, a pesar de ser en un espacio abierto, no fue vista por personal del establecimiento, lo que deja en evidencia que no había nadie cuidando a los alumnos del recinto.

El fallo detalla que “la profesora jefe sólo se enteró de la agresión por la información que otra alumna le entregó. Igualmente, el relato de las menores acerca del hecho no permite determinar que algún inspector o profesor se hubiere encontrado en el patio durante el recreo para cuidar a los menores (…) Pero en el aspecto en que más notablemente se revela el incumplimiento por parte del colegio demandado de este deber de prevención particular se encuentra materializado por la actitud de éste después de establecido la ocurrencia del incidente”, detalló el documento.

Según establece la resolución, la indemnización busca compensar el daño físico y psicológico que sufrió la estudiante, al igual que el daño emergente, ya que la familia debió realizar gastos producto del cambio de colegio de la menor de edad.