La Corte Suprema rechazó recurso de casación y confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de 125 millones de pesos a la madre y hermanos de joven que falleció en diciembre de 2007, tras chocar el automóvil que conducía con un árbol que cayó en la vía.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal confirmó la sentencia que ordenó indemnizar a los familiares de Luis Pedro Soffia, cuya muerte se produjo el 29 de diciembre de 2007, en el camino Los Cristales de Curicó.

El fallo establece que “es preciso considerar, que la obligación que pesa sobre la Dirección de Vialidad al respecto no solamente se extiende a la intervención de la faja fiscal sino que alcanza al deber de coordinarse con los dueños de los terrenos colindantes para velar por impedir alguna amenaza al correcto tránsito“.

De esta forma, prosigue, “aun cuando esta Corte compartiera con la demandada en admitir que el árbol cuya caída causa el accidente se encontraba plantado en un predio particular, igualmente debía la Dirección de Vialidad cumplir con la obligación consignada en el precepto citado”.

Además, el testimonio de un testigo afirma que al transitar todos los días por el mismo camino se percató que, dentro de un periodo de 6 meses a un año, el árbol “se fue inclinando cada día más, este sauce fue imposibilitando la visión de la vía de sur a norte porque las ramas fueron bajando a un nivel que estaban a un par de metros del asfalto (…) las ramas golpeaban el parabrisas del vehículo, era evidente que este árbol se iba a caer“.