Los querellantes en la investigación por acoso y abuso sexual contra Patricio Torres, exseremi de Desarrollo Social, confirmaron el fin de la causa y la imposibilidad de solicitar más diligencias, adelantando que se conformarán con el sumario administrativo que acreditó la denuncia de la funcionaria.

Para el próximo 2 de mayo fue fijada la audiencia en la que el Ministerio Público comunicará su decisión de no perseverar en la investigación contra el exseremi Patricio Torres, imputado por abuso y acoso sexual, denuncias que le costaron su salida del gobierno el año 2015.

Ángela Contreras, abogada de la funcionaria de Desarrollo Social denunciante, confirmó que la Fiscalía había decidido aplicar la medida al no recopilar antecedentes para formular una acusación.

Sobre que no se acreditara penalmente lo sostenido por su representada, la abogada subrayó que como denunciantes de la arista administrativa y la criminal quedaban satisfechas con que el exseremi, militante de la Democracia Cristiana, haya sido destituido e inhabilitado para ejercer cargos públicos durante cinco años por el sumario al interior del Ministerio de Desarrollo Social.

Si bien la querellante subrayó que un no perseverar permitiría reabrir la causa si surgieran nuevos antecedentes, la defensa de Torres, a cargo del abogado Marcelo Villena, sostuvo hace unos días que analizarán pedir al tribunal el sobreseimiento definitivo.

Si bien Patricio Torres, quien se desempeña hoy en la Municipalidad de Quillón, no ha querido referirse a la decisión del Ministerio Público, trascendió que analizaría con sus abogados una querella por el delito de injurias y calumnias, acción a través de la cual buscaría probar que las conductas denunciadas en su contra se dieron por una relación sentimental con la funcionaria.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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