Si bien no transcurrió más de media hora entre la sustracción del vehículo de Carabineros en Concepción y el arresto de tres personas a bordo de la patrulla en San Pedro de la Paz, la policía y el Ministerio Público no pudieron recabar las pruebas para imputar por hurto a los individuos.

La fiscal Sandra Véjar formalizó a los dos adultos por receptación, mientras que el menor -por ser inimputable- quedó a disposición del Tribunal de Familia, otorgando el Juzgado de Garantía sampedrino dos meses para terminar la investigación.

Para el abogado y expersecutor, Andrés Cruz, la Fiscalía pudo invocar invocar el artículo 454 del Código Penal y formalizar a los detenidos por hurto.

Al respecto, y defendiendo el procedimiento, el fiscal jefe de Concepción, Octavio Stuardo, explicó que la norma, sin embargo, tiene restricciones para su aplicación y eso influyó en este caso.

No obstante, y ante lo que para el abogado Cruz es un caso de la máxima gravedad, la fiscal Véjar tampoco invocó agravantes, por ejemplo para pedir la prisión preventiva, como que los detenidos eran más de dos y además que las víctimas eran carabineros.

Sobre este aspecto, el fiscal Stuardo no descartó que ante una eventual reformalización -en caso de acreditarse el hurto- pudieran evaluarse esas agravantes, pero cuestionó el comentario del abogado Cruz al expresar que es fácil opinar sentado en una oficina.

Pero las agravantes sí podrían hacer la diferencia en un escenario más gravoso, porque si bien tanto la receptación como el hurto tienen una penalidad máxima de 5 años de cárcel, la sanción podría aumentar considerando la actuación de tres personas en el ilícito, incluido un menor, y que las víctimas sean autoridades.