El representante del pueblo Rapa Nui en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi), Rafael Tuki Tepano, se mostró crítico del proceso constitucional para los pueblos originarios, debido a que no se hace cargo del problema de la autodeterminación.

Pese al acuerdo en 5 de los 6 puntos de discusión, Tuki Tepano rechazó el proceso de consulta indígena, considerándola una instancia en la que no se habló del derecho internacional ni de los tratados a los que suscribe el Estado chileno.

El proceso de consulta indígena finalizó con un positivo balance del Gobierno, señalado como un “hecho histórico” en donde 145 representantes de los 9 pueblos discutieron materias como reconocimiento de preexistencia, autonomía, igualdad y no discriminación, de cara a la confección de una nueva Constitución.

Sin embargo, el dirigente señaló que fue un engaño en donde no quedó claro si el Estado de Chile está a favor de la libre determinación de los pueblos originarios, y en particular, el caso Rapa Nui.

“Ha sido un engaño a la inteligencia y al derecho internacional” afirmó.

El representante del pueblo Rapa Nui en los 6 días de consulta indígena, señaló que el Estado quiso en realidad iniciar una instancia de asimilación de los pueblos originarios, más que garantizarle sus derechos.

Rafael Tuki Tepano, miembro de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, señaló que mientras no se discuta de libre determinación, todas las otras garantías no van a ser efectivas.

El representante también señaló que el pueblo Rapa Nui no firmó ningún documento y que no pueden hablar de un acuerdo con todos los pueblos originarios, junto con denunciar que el Ministerio de Desarrollo Social les pidió que no llevaran asesores a la reunión, señalando que era una instancia que requería de ellos.

El representante de la Conadi indicó que el Ejecutivo solo tomó parte pero no acogió por completo el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU, creado en 1976 y firmado por Chile en 1989.

En dicho documento se señala en su artículo primero que “Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación”.

Por lo anterior, cada uno establece libremente su condición política y se proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.