La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad, que condenó a Luis Alberto Cornejo Cabello a la pena de 3 años y un día de presidio, como autor del delito de abuso sexual impropio, ilícito que habría cometido en noviembre de 2015, en la comuna de Quinta de Tilcoco.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió el recurso presentado por la defensa de Cornejo Cabello, ordenando la realización de un nuevo juicio oral.

En la resolución se indica que “si bien resulta posible sustentar una condena en la sola versión de la víctima, no es menos efectivo que ésta debe -por la propia exigencia de la naturaleza de este juicio- ser de una superior calidad, tanto en su lógica, narración de los hechos, uniformidad y consistencia en el tiempo y, por cierto encontrarse totalmente acorde con los otros medios de prueba”.

En ese sentido, el fallo explica que esas condiciones no se cumplen, puesto que los funcionarios de Carabineros no entrevistaron a la menor “y, si bien así lo hicieron las funcionarias de la Policía de Investigaciones de Chile, el relato de éstas no es del todo acorde y tampoco ha sido corroborado con una probanza independiente a las anteriores”.

“De lo anterior ha de colegirse que al igual como lo peticiona la defensa que en este caso se ha vulnerado el principio lógico de falta de razón suficiente y, por ende no se ha desvirtuado la presunción de inocencia que favorece al acusado, puesto que la única prueba directa de los hechos, adolece de imperfecciones, que no han sido debidamente reparadas en el proceso”, finaliza.