En libertad y a la espera de una audiencia de procedimiento simplificado por ocupar una oficina pública e impedir su funcionamiento, quedaron las ocho mujeres detenidas durante este jueves por Carabineros en la Intendencia de La Araucanía.

Ante la jueza de Garantía de turno en Temuco, María Teresa Villagrán, se desarrolló la audiencia de Control de la Detención de las mujeres detenidas tras manifestarse en las oficinas, como parte de la red de apoyo al machi Celestino Córdova.

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La detención fue declarada ajustada a derecho, pese a la solicitud de ilegalidad que planteó la defensa de las detenidas, a cargo de la abogada, Lucy Catalán, de la Defensoría Penal Pública Mapuche, quien precisó que públicamente la seremi de Gobierno manifestó que no hubo destrozos en el edificio, lo que contrastó con lo informado al Tribunal, donde se reportaron daños por más de dos millones y medio de pesos.

El Ministerio Público, por medio de la fiscal, Angélica Mera, requirió a las ocho mujeres en procedimiento simplificado por ocupar una oficina pública e impedir su funcionamiento y por daños, por lo que el juzgado fijó una audiencia para juicio el próximo 25 de abril a las 11:00 horas.

Cuatro de las detenidas además denunciaron ante la jueza haber sido maltratadas y vejadas al interior de la Segunda Comisaría de Carabineros, donde habrían sido revisadas por personal policial, que las habría obligado a desnudarse y despojarse de sus atuendos mapuches.

La jueza acogió la denuncia y derivó los antecedentes a la Fiscalía para que se desarrolle la respectiva investigación.

La Fiscalía en su requerimiento pide se condene a las mujeres a 300 días de presidio, más el pago de una multa de 6 Unidades Tributarias Mensuales, todo lo cual deberá resolverse en la audiencia del 25 de abril.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)