Una nueva postergación autorizó el Juzgado de Garantía de Temuco, para la audiencia de preparación de juicio oral en contra de cuatro acusados por el asesinato de un niño en diciembre de 2016 en el macro sector Pedro de Valdivia.

El fiscal del Ministerio Público, Cristian Crisosto, precisó que el juez de garantía, Federico Gutiérrez, accedió a la petición del equipo defensor de los cuatro acusados, quienes pidieron mayor plazo para revisar informes periciales que serán presentados en la audiencia.

La abogada de la Defensoría Penal Pública Mapuche, Patricia Cuevas, precisó que los antecedentes que fueron pedidos a la Fiscalía el pasado 18 de diciembre, cuando se aplicó una postergación, recién pudieron ser vistos por ellos, media hora antes del inicio de esta audiencia por lo que se solicitó mayor plazo para estudiarlos.

El juez autorizó agendar la audiencia de preparación de juicio oral por esta causa para el próximo 7 de febrero de 2018 a las 10:00 horas.

En esta causa están acusados por sustracción de menor con resultado de muerte, Pablo Antonio Morales Correa, su esposa Johana Stephanie Mora Vilugrón, el vecino de ambos, Víctor Manuel Chanqueo Moya en cuya casa fue encontrado el cuerpo del niño asesinado, a quienes se suma, Abraham Héctor Bravo Palma, quien está acusado por sustracción de menor causando grave daño.

El hecho investigado ocurrió entre la noche del 11 y madrugada del 12 de diciembre de 2016, en la calle Rayenco de la villa San Eugenio, del sector Pedro de Valdivia en Temuco.

El menor fue asesinado por presuntamente haber abusado de una hija del matrimonio, lo que fue descartado en las diligencias de la investigación.

La víctima habitualmente llegaba al lugar en el que fue brutalmente torturado y asesinado, confirmándose que al momento de su muerte estaba bajo la tutela del Servicio Nacional de Menores (Sename) en el CTD Alborada desde donde había salido poco antes del crimen.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)