La nula relación que se pudo establecer entre los elementos encontrados y los dos acusados, llevó al Tribunal Oral de Temuco a dictar un veredicto absolutorio respecto del fotógrafo independiente, Felipe Durán y el comunero mapuche, Cristián Levinao, imputados por la Fiscalía de infringir la ley de armas y explosivos.

El juez Luis Sarmiento Luarte efectuó la tarde de este miércoles una lectura resumida de la sentencia absolutoria dictada respecto de ambos acusados.

Precisamente el fiscal del Ministerio Público, Juan Pablo Salas, destacó que no hayan sido condenados en costas, tanto la Fiscalía como la Intendencia, por cuanto lograron acreditar los delitos de infracción a la ley de control de armas y explosivos, aunque precisó que analizarán la sentencia para resolver si recurren de nulidad

En el fundamento del fallo de los jueces queda de manifiesto que Carabineros, no logró generar las pruebas de relación directa de los acusados con los elementos encontrados en el domicilio allanado en el sector Chomío de Padre las Casas y donde fueron detenidos, Felipe Durán y quien fuera identificado posteriormente como Cristián Levinao, luego que éste optara por usar su derecho a guardar silencio.

La sentencia en su apartado décimo cuarto detalla “que sin embargo lo anterior, resulta natural preguntarse si se puede con dicha prueba, asumir en concreto la autoría culpable de los acusados, por el sólo hecho de encontrarse en dichas construcciones, sin indagar con certeza si eran o no los únicos ocupantes de los inmuebles allí registrados”.

Agrega que “al parecer, no se indagó con mayor detalle lo anterior, por cuanto la policía ignoraba absolutamente y ello quedó ampliamente demostrado al no saber ni con la ayuda de unos vecinos, -colaboradores ocasionales- que allí se encontraba prófugo uno de los sujetos más buscados de la zona, por huir de un Centro de Detención de la Región.

A la audiencia además del Ministerio Público por medio del fiscal Juan Pablo Salas asistió el abogado Hernán Valdebenito, en calidad de querellante por la Intendencia de La Araucanía, por cuanto ni los abogados defensores ni los ahora absueltos llegaron al Tribunal, aunque la sentencia se les envió por correo electrónico.