Cuatro exfuncionarios de Carabineros fueron acusados por el delito de apremios ilegítimos que habrían cometido en el año 1987 en la Tenencia de Renaico en la provincia de Malleco.

La decisión fue asumida por el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa Latorre.

El ministro en visita acusó a los carabineros en retiro, Baltazar Segundo Echeverría Ortega, Juan Ángel Gajardo Morales, Luis Aguilera Ortíz e Iván Humberto Sanhueza Torres, como autores del delito de apremios ilegítimos aplicados a Manuel Marcelino Ramírez Zurita, en Renaico, en febrero de 1987.

En la etapa de investigación, el ministro Mesa dio por establecido que el 18 de febrero de 1987, alrededor de las 06:00 de la madrugada, la víctima de estos hechos fue detenida en la vía pública, en estado de ebriedad junto a otras tres personas, siendo todos trasladados hasta la Tenencia de Carabineros de la comuna.

En la guardia de la unidad policial los detenidos fueron consultados por sus identidades y ante la negativa de Ramírez Zurita, fue golpeado en su pecho por un funcionario policial.

Al cabo de unos minutos y producto de su inquietud por ir a trabajar, la víctima habría comenzado a llamar a los funcionarios policiales que en ese momento estaban de guardia, golpeando las puertas del calabozo al que había sido ingresado para poder ser escuchado.

A los pocos minutos llegaron dos carabineros, quienes lo sacaron del calabozo llevándolo hasta un sector del cuartel policial, donde habrían procedido a mojarlo con una manguera, tras lo cual lo habrían sujetado fuertemente de los brazos y sumergido su cabeza en un tambor con agua.

Alrededor de las 12:00 horas del mismo día, el teniente de la unidad procedió a efectuar una ronda exterior de la Tenencia, percatándose que desde uno de los barrotes dispuestos en las ventanas de los calabozos colgaba un paño rojo.

De inmediato ingresó al cuartel y encontró muerto a Ramírez Zurita, quien se habría suicidado utilizando la camisa que vestía cuando fue detenido.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)