El Tribunal Oral en lo Penal de Ovalle absolvió a Ninoska del Pilar Sáez Aguilera de la acusación formulada en su contra por el Ministerio Público que la sindicaba como autora del delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, ilícito que habría supuestamente perpetrado en julio de 2016, en la comuna de Combarbalá.

En fallo unánime, el tribunal decretó la absolución de Sáez Aguilera tras establecer que la droga no tenía por finalidad el tráfico, sino el autoconsumo.

“(…) se erigió como razonable la duda propuesta por la Defensa, de que la posesión de la sustancia desplegada por la acusada, no tenía los fines de tráfico imputados por el acusador, sino que por el contrario estaba destinada a su consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que “atendido lo antes expuesto, no habiéndose acreditado delito alguno a su respecto, resulta inoficioso pronunciarse sobre la participación de la acusada (…) en los hechos que se dieron por acreditados”.

Por lo tanto, concluye: “(…) se absuelve a la acusada de los cargos formulados en su contra como autora del delito de tráfico ilícito de estupefaciente en pequeñas cantidades, previsto en el artículo 4° de la ley 20.000, cometido el día 25 de julio del año 2016, en la comuna de Combarbalá”.