El pasado martes, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, condenó a José Antonio Paredes Montiel, de 43 años de edad, a cumplir una pena de presidio perpetuo simple en calidad de autor del delito femicidio consumado.

El hecho ocurrió el 5 de febrero de 2017 en la población Clotario Blest, en domicilio de la víctima, quien fue asesinada con extrema violencia al ser asfixiada, indicaron los peritos realizados. El crimen, sin embargo, quedó al descubierto el jueves 9 de febrero en horas de la noche, al encontrarse el cuerpo de la mujer en el patio de la casa que compartían, tapado con una alfombra.

Juicio por femicidio

Al término de la audiencia, el fiscal adjunto de Chile Chico, Álvaro Sanhueza Tasso, indicó que “la pena a la que él fue condenado fue el presidio perpetuo, el cual es para siempre. Sin embargo, a los 20 años él podrá postular o solicitar una eventual libertad dependiendo de su comportamiento y si cumple o no con los requisitos que se establezcan en esa fecha”, explicó.

A juicio del abogado defensor público, Sebastián Lagos, “tenemos que analizar los motivos por los cuales el Tribunal dio esa pena a mi representado. Siempre la puerta está abierta para un recurso de nulidad, pero para ello leeré la sentencia integra”, respondió.

A su vez, el abogado reconoció que era esperable una condena así, debido a la consideración de delito gravísimo en el marco legal.

El concepto de presidio perpetuo simple implica -en la práctica- un presidio de por vida para el condenado, aunque contempla la posibilidad de que recién a los 20 años de cárcel y dependiendo de la conducta del sujeto, podría revisarse la sentencia para obtener algún tipo de beneficio.

Violencia contra la mujer
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