La Corte Suprema, en fallo unánime, confirmó la sentencia de presidio perpetuo decretada contra Cristián Riquelme Araya, responsable del parricidio de su hijo, Mateo Riquelme Tejeda, el 6 de diciembre de 2014 en Calama, región de Antofagasta.

El tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa del imputado, descartando que la sentencia vulnerara los derechos de Riquelme al considerar las declaraciones que este prestó en una denuncia por presunta desgracia del menor.

Y es que, en primera instancia, el padre del menor se presentó como denunciante y testigo de los hechos que imputaba a terceras personas, entregando pistas falsas a los efectivos policiales a cargo de la investigación.

“(…) de la simple revisión de la sentencia impugnada aparece que sin perjuicio de las diferentes e infructuosas diligencias dispuestas en virtud de los dichos prestados por el imputado como testigo para investigar la suerte del menor Mateo, lo cierto es que la declaración de la cual el tribunal extrae la mayor parte de elementos para la construcción del razonamiento que permitió desvirtuar la duda razonable es precisamente aquella prestada con todas las garantías que se reclaman y que contempla la ley procesal en el estadio en que ella fue entregada, esto es, en fase de investigación, lo que permite concluir que el vicio alegado -aún en el evento de estimarse configurado por hechos no atribuibles al condenado- carece de trascendencia que se le atribuye para configurar la hipótesis de invalidación reclamada”, concluyó el falló emanado por la Corte.