La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de protección presentado por María Javiera Gómez Opazo, en contra de la comunidad del edificio Costa del Sol, y dejó sin efecto el acta que prohibió a la recurrente vender, arrendar o ceder el estacionamiento de su propiedad a quienes no residan en dicho complejo.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada ordenó a la parte recurrida “abstenerse de perturbar, limitar o privar el libre acceso al estacionamiento Número 3 de propiedad de doña María Javiera Gómez Opazo por los medios de entrada y salida de la misma, disponiéndose -por parte de la recurrida- lo necesario a su propietaria para que pueda acceder al estacionamiento”.

“(…) esta Corte no puede sino compartir que el acta de 7 de diciembre produce la afectación al derecho constitucional de la propiedad, en el entendido que nadie podrá, en caso alguno, ser privado, del bien sobre que recae o de algunos de los atributos o facultades esenciales del dominio, esto es, el derecho de uso, goce y principalmente el de disposición sobre la cosa, que es el que se ha visto afectado por el documento referido a la propietaria doña María Javiera Gómez Opazo sobre su estacionamiento número 3″, agrega.