El hecho se registró cerca de las 02:00 de la madrugada del lunes, cuando el joven de iniciales F.G.P, junto a otros amigos, abordaron un radiotaxi conducido por Rody Ramírez Muñoz (38) en la esquina de Maipú con Colón en Arica, según los antecedentes que entregó Fiscalía.

Hasta ahí todo bien, sin embargo, se produjo una discusión por el valor del pasaje de traslado, momento en que un integrante del grupo golpeó con su pie la puerta del vehículo, lo que provocó la ira del conductor.

El chofer comenzó a perseguir al menor de 15 años, por lo que se ocultó al interior de un hotel del centro.

Al salir fue interceptado por el radiotaxista, quien lo golpeó en la cabeza y en otras partes del cuerpo con un bate de béisbol, para luego obligarlo a ingresar al portamaletas del vehículo trasladándolo por diversos sectores de la ciudad contra su voluntad.

Ramirez se habría dirigido hasta la salida sur de Arica, donde obligó al menor a desvestirse dejándolo abandonado en el lugar.

El fiscal Francisco Ganga informó que en el marco de dichas diligencias, los funcionarios policiales lograron identificar al conductor, quien al momento de ser detenido aún mantenía las vestimentas del menor con rastros de sangre al interior del portamaletas.

Producto de los acontecimientos la Fiscalía de Arica formalizó, este jueves, a Rody Ramírez Muñoz por el delito de sustracción de menores.

“Acá hay dos temas importantes; primero la edad del menor, pero básicamente hay una privación ilegítima de libertad que se prolonga en un tiempo (…) Creemos que es una circunstancia muy grave”, explicó el fiscal.

A esto se agrega, según Ganga, que dejarlo abandonado y semidesnudo pudo provocar serios daños en la salud del afectado.

El persecutor solicitó la prisión preventiva del imputado lo que fue rechazado por el Juzgado de Garantía decretando sólo arresto nocturno y prohibición de acercarse a la víctima.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)