Los fisioterapeutas no serán incorporados en los registros de prestadores de salud, luego que la Corte de Apelaciones de Santiago rechazara el recurso de protección presentado por los profesionales ante la Superintendencia de Salud.

Así lo determinó la octava sala del tribunal de alzada en fallo unánime, rechazando la acción cautelar y poniendo de manifiesto que la Superintendencia carece de las atribuciones para satisfacer la solicitud de los recurrentes.

En esta línea, la Corte estableció en el fallo que la institución sanitaria “no tiene dentro de sus atribuciones alguna potestad administrativa que le permita satisfacer lo solicitado por la recurrente”.

Asimismo, el tribunal sentenció que esta situación impidió que el “recurso pueda prosperar“, ya que “debe indicarse que conjuntamente con ser un problema de admisibilidad, ello implica verificar que un problema de fondo”, lo que, en el caso denunciado por los fisioterapeutas, “no se cumple”.