La prescripción de delitos es uno de los principales obstáculos de la arista SQM, en la que se indaga una factura emitida a la productora Pandemia a la minera no metálica, la cual sería ideológicamente falsa porque fue realizada sin que existiera, presuntamente, la debida contraprestación.

Quién sí habría recibido los servicios, pagados por SQM, es el expresidente Sebastián Piñera para su campaña, según declaró una de las socias de Pandemia, María Inés Alliende.

Pero la declaración de la imputada no es la única base en que se sustentan las acusaciones que el Ministerio Público investiga, sino que también se suma la querella realizada por el Servicio de Impuestos Internos (SII) el pasado en abril de este año.

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En el libelo se da cuenta de la emisión de la factura rectificada por SQM por un monto de 5 millones de pesos. El SII asegura que el documento es falso y que se comete el delito tributario contemplado en el artículo 97, inciso 4, del Código Tributario.

El abogado de Alliende, Ángel Valencia, señaló que están tranquilos en cuanto al proceso penal. Lo anterior, porque no hay querella en su contra, por lo menos de forma nominativa. “Eso condiciona el marco de acción de la Fiscalía”, aseguró.

Pero respecto a las diligencias del Ministerio Público respecto a esta arista, se apunta -entre una multiplicidad de otras acciones- a la prescripción, ya que los delitos tributarios expiran a los 5 años de cometido el hecho.

En esta investigación, se trata de un documento de agosto de 2010. En esa línea, fuentes que conocen de la indagatoria indican que uno de los pasos a seguir es establecer los viajes realizados al extranjero por Alliende, ya que así se aumenta el plazo de la prescripción, ya que un día en el exterior equivale a dos días en el territorio nacional.

Considerando lo anterior, el abogado Mauricio Daza, querellante en esta causa, asegura que es importante saber de los viajes de la indagada para establecer el plazo de prescripción de los delitos.

En 2016, el exsenador socialista Carlos Ominami fue sobreseído de los cargos en su contra justamente por ese punto, ya que se estableció que el periodo que estuvo en el extranjero no mantuvo vigente los delitos tributarios que se le imputaban en esa causa, en la que ahora se indaga a María Inés Alliende.