La Asociación de Magistrados afirmó que las personas condenadas por un delito de aborto contemplado en las tres causales debieran ser absueltas con la promulgación de la nueva ley. En los últimos 11 años, 230 personas han recibido condenas por este delito.

147 mujeres y 83 hombres es el número de personas que en la última década han sido condenadas por el delito de aborto, según datos del Poder Judicial.

Un delito que al menos en los casos de riesgo de vida de la madre, inviabilidad del feto y violación fue despenalizado el pasado 14 de septiembre con la promulgación de la ley, que hizo la Presidenta Michelle Bachelet.

Promulgación que le significó el sobreseimiento a un médico y a una paciente en Copiapó, luego de que el juez del Juzgado de Garantía estimara que los hechos por los cuales se les acusaba no eran constitutivos de delito.

Según el presidente de la Asociación de Magistrados, Álvaro Flores, los tribunales no sólo debieran revisar las causas, sino que también las condenas aplicadas y las que están por aplicar bajo este delito y absolver a los culpables.

Este caso, demostró que pese a que esta nueva ley no ha sido publicada en el Diario Oficial, ni cuenta todavía con un reglamento, ya se aplica en el ámbito penal.

La ministra de Salud, Carmen Castillo, afirmó que de ocurrir en este momento un caso que se acoja a las tres causales, tendrían que formular el mecanismo para entregarle a la paciente la atención asistencial, puesto que al no existir los reglamentos de la ley, no se podría aplicar en ese ámbito.

El expresidente del Colegio Médico, Enrique Paris, afirmó que de seguro los abogados de los médicos que están siendo juzgados o ya lo han sido por este delito en alguna de las tres causales, debieran estar persiguiendo la absolución de sus representados.

Según el registro del poder judicial, entre 2005 y 2016 se ingresaron 1.053 causas por el delito de aborto. De ellas, 230 tuvieron sentencia condenatoria, de las cuales 18 recayeron sobre facultativos.