El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama condenó este jueves a Cristián Riquelme Araya a la pena de presidio perpetuo simple, en calidad de autor del delito de parricidio de su hijo de dos años de edad, Mateo Riquelme, en diciembre de 2014.

En fallo unánime, el tribunal dio por acreditado tanto la existencia del delito de parricidio como la participación culpable de Riquelme Araya, en un caso que causó conmoción en la comuna minera.

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El condenado deberá cumplir su pena en la cárcel de Alto Hospicio, en la región de Tarapacá.

La justicia dio por acreditado que ese 6 de diciembre, entre las 15:00 y 16:00 horas, Riquelme Araya llegó junto a su hijo de 2 años de edad a la habitación que arrendaba. Una vez al interior de dicho inmueble, el condenado agredió al menor con un objeto contundente en la cabeza, lo que le provocó la muerte luego de un periodo de agonía.

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Tras lo sucedido, el hombre trasladó el cuerpo de la pequeña víctima hasta la quebrada Quetena, ubicada en las afueras de Calama, donde enterró al niño en un socavón. Luego, se dirigió al domicilio de su hermana, Carolina Riquelme, a quien le pidió ayuda contándole que había extraviado al menor en la plaza 21 de Mayo de la ciudad.

“El acusado mantuvo la versión del secuestro durante casi 10 días, y sólo la modificó el 16 de diciembre de 2014. Al momento en que se realizaba la reconstitución de escena, Cristián Riquelme Araya solicitó declarar una vez más, manifestando que había recibido información de donde podría estar su hijo; indicando dos lugares, siendo uno de éstos la quebrada Quetena, lugar al que se trasladaron los policías, Gendarmería, el fiscal a cargo del caso y el defensor en compañía del imputado, guiando éste último a los otros por el intrincado e irregular sector”, consigna el acta de deliberación.

En el lugar, se encontraron diversas prendas de vestir y objetos del menor y, finalmente, su cuerpo.

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Además, el tribunal aplicó las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de la vida del penado, y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el plazo de 5 años, en los casos que corresponda.

Asimismo, el tribunal acogió la demanda civil interpuesta por la madre de la víctima, ordenando al condenado pagar a la demandante la suma de dieciocho millones de pesos, como indemnización de perjuicios.

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.