La Cámara de Diputados aprobó este martes el proyecto de ley que regula la elección de Gobernadores Regionales, en medio de controversias por la fecha de los comicios y las inhabilidades para postularse al cargo.

En condiciones de pasar a su segundo trámite legislativo al Senado quedó el proyecto que regula la elección de los nuevos gobernadores regionales, ello luego que la iniciativa fuera aprobada en general y en particular por la Sala de la Cámara de Diputados.

La propuesta fue objeto de un amplio debate, tanto en la sesión del miércoles pasado, cuando se inició la discusión, como en esta jornada.

Las discrepancias se centraron principalmente en la opción de realizar este proceso de elección este año, así como por la definición de inhabilidades para determinadas autoridades del país para presentarse al cargo.

Finalmente, por no alcanzarse el alto quórum exigido (67 votos a favor), se rechazó la opción para que el proceso eleccionario fuera posible en el presente año (63 a favor, 47 en contra y 2 abstenciones).

Asimismo, no se aprobó el artículo que regulaba las inhabilidades para postularse, con lo cual quedó abierta la posibilidad a alcaldes, concejales, diputados y senadores a presentarse a la elección de gobernadores regionales.

En el detalle, se establece que los gobernadores serán elegidos en conjunto con los consejeros regionales. Y será vencedor el candidato que obtenga el mayor número de sufragios válidamente emitidos, siempre que alcance al menos el 40%. De lo contrario, se disputará una segunda votación entre los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías, resultando electo quien obtenga el mayor número de sufragios.

Por otro lado, la nueva legislación incorpora normas que adecuan las denominaciones de los actuales intendentes y gobernadores, que pasarán a llamarse “delegados presidenciales regionales” y “delegados presidenciales provinciales”, respectivamente.

Los gastos de la ley

Considerando un año con acto electoral, el proyecto de ley provocaría un gasto fiscal de $12.485 millones, mientras que en los años no electorales, se generará un gasto cercano a $1.550 millones.

El mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario de su entrada en vigencia, se financiará con cargo al presupuesto de las Partidas Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Servicio Electoral y, en lo que falte, con recursos provenientes de la Partida Tesoro Público. En los años siguientes se financiará con cargo a los recursos que disponga la respectiva Ley de Presupuestos.