Este sábado el Servicio Electoral de Chile (Servel) publicó las nóminas con los vocales de mesas, delegados, miembros y secretarios de los Colegios Escrutadores para participar en el proceso de Elecciones Primarias.

Las personas designadas para estos roles recibirán una carta certificada, sin embargo, la información también está disponible vía internet, donde los ciudadanos puedes revisar los datos.

Quienes resulten convocados recibirán 2/3 UF (unos 17.500 pesos) como retibución, mientras que los asesores de delegados recibirán 1/2 UF (cerca de 13.300 pesos). En tanto, quienes sean vocales por primera vez, podrán participar de una capacitación, lo que aumentará el beneficio en 0,22 UF.

Además, con el debut del voto en el extranjero, se designarán vocales entre quienes se inscribieron fuera del país.

Para conocer si eres vocal de mesa, debes ingresar en este sitio.

Servel
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Existen excusas para no ser vocal de mesa, las que deben ser presentadas hasta el miércoles 14 de junio ante las Juntas Electorales. El sábado 17 de junio se entregará la nómina final con los reemplazantes.

Excusas

Las excusas deberán ser formuladas por escrito ante el Secretario de la Junta Electoral respectiva y podrán fundarse exclusivamente en:

– Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 40, o haber sido designado miembro del colegio escrutador.

– Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta.

– Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende esta ley.

– Tener más de 70 años de edad.

– Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado de un médico.

– Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras, lo que deberá acreditarse mediante certificado del Director del respectivo establecimiento de salud.

– Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las seis semanas previas al parto y hasta veinticuatro semanas siguientes a éste, circunstancia que deberá acreditarse mediante certificado médico, o con la documentación que acredite estar recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del Código del Trabajo.

Multas

Las personas designadas como vocales de mesa que no concurran a desempeñar sus funciones, serán denunciadas por la Junta Electoral que los designó, y podrán ser sancionadas con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 UTM, es decir, aproximadamente entre $ 93.500 y $ 374.000, la que será aplicada por el Juez de Policía Local competente.