La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el informe de la Comisión Mixta que elimina el beneficio que actualmente mantienen las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) de quedarse con los intereses de las cotizaciones previsionales adeudadas.

Lo anterior fue aprobado luego que hubiera ciertas divergencias entre ambas cámaras respecto a la fecha en que entrará en vigencia esta norma.

Sea como sea, desde el momento que se despache desde el Senado, las AFP ya no podrán cobrar más los intereses penales que se generan a partir del retraso en el pago de las cotizaciones.

Eso sí, no estarán exentos aquellos casos que se encuentren en proceso de cobranza judicial.

Hasta ahora, la normativa permitía que por cada día de atraso de la deuda reajustada devengará en un interés penal equivalente a la tasa de interés corriente para operaciones reajustables en moneda nacional, aumentado en un 50%.

En tanto, gracias a esta iniciativa, dejarán de ser de beneficio de las AFP y pasarán a ser abonados con el valor de las cotizaciones en la cuenta de capitalización individual del afiliado.

Además, se determinó que sólo serán de beneficio de la Administradora las costas de cobranza.