La Corte Suprema amplió la extradición del expresidente del Perú, Alberto Fujimori, por los delitos de lesa humanidad y asociación ilícita, a pesar de ello, la desestimó por el delito de peculado.

En un fallo unánime de la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahma- confirmaron la decisión del ministro instructor, Ricardo Blanco, respecto de los delitos de lesa humanidad y asociación ilícita.

Según señaló el portal de Poder Judicial, estos delitos son imprescriptibles desde el punto de vista de la persecución penal, motivo por el cual, el máximo tribunal compartió el criterio del ministro Blanco.

Sin embargo, respecto del delito de peculado -que hace referencia a malversación de caudales por funcionarios públicos- considera prescrita la acción penal, por lo que procede rechazar el pedido de extradición del Estado peruano.

El fallo indica que “En definitiva constituyen un ultraje a la dignidad humana y representan una violación grave y manifiesta de los derechos y libertades proclamadas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos”.

También señala que “lo dispuesto en el artículo 100 del Estatuto Penal no puede tener aplicación en el caso en estudio, motivo por el cual no será considerado para el cómputo del término extintivo de la acción penal emanada del delito de peculado”.

Su hija y excandidata presidencial, Keiko Fujimori, presentó el año pasado el indulto humanitario para su padre, sin embargo fue nuevamente rechazado por no cumplir las condiciones para dicho beneficio.