Una madre y su hijo serán formalizados por una nueva estafa piramidal que indaga la Fiscalía Oriente respecto de un fraude que superaría los 1.500 millones de pesos.

Así lo confirmó el fiscal de alta complejidad Oriente, Carlos Gajardo, quien este martes le imputará los delitos de estafa reiterada e irrupción en el giro bancario a Rodrigo Nazrala Harcha y su madre Mónica Gladys Harcha Mucarquer.

Tal como lo adelantó, días atrás, Radio Bío Bío la audiencia se realizará a partir de las 12:00 horas de hoy en el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago.

Las acciones dolosas que habrían ejecutado los requeridos están descritas en cuatro querellas interpuestas en noviembre de 2016, por las presuntas víctimas, quienes aseguran que las tasas comprometidas iban del 25 al 50 por ciento, con un retorno que tenía como plazo máximo los 120 días.

Entre los querellantes figura el hijo y hermano de los dos imputados; Carlos Andrés Nazrala Harcha acusando una defraudación de 42 millones de pesos.

Posteriormente se sumaron nuevos libelos como el ingresado ante el Tribunal de garantía, el 25 de enero pasado, donde se detalla que “los querellados usaban la modalidad conocida como estafa piramidal y que una vez ganada la confianza de los inversionistas, se quedaron con los dineros que supuestamente iban a ser invertidos”.

El Fiscal Gajardo detalló que -al igual que en otros fraudes de esta naturaleza- la madre y su hijo entregaban falsas utilidades a las víctimas, ya que no provenían de las ganancias de supuestos negocios, sino de los capitales aportados por otros clientes estafados.

Entre los denunciantes de los hechos aparece un grupo familiar que está encabezado por el administrador de restaurantes Aurelio Barbieri. El mayor perjuicio económico lo sufrió, en este caso, una persona que invirtió 771 millones de pesos.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)