La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de nulidad a favor de Juan Carlos Rojas Tamayo, quien en 2016 fue condenado por cultivo ilegal de marihuana, pero que tras establecer el uso medicinal de la droga fue absuelto por el tribunal.

En fallo unánime, la Sexta Sala del tribunal de alzada anuló la sentencia que condenó a Rojas a pagar una multa por el cultivo de cannabis sativa, tras ser descubierto hace un año en Maipú.

La sentencia de la corte determinó que la marihuana descubierta en el domicilio del condenado era para su uso personal y no para tráfico.

“Si la conducta desplegada por el sujeto activo de la imputación consiste en la señalada del cultivo sin autorización, pero justificado de especies vegetales del género cannabis u otras productoras de sustancias estupefacientes o psicotrópicas destinadas al uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo, sin que resulten potencialmente dañinas para el bien jurídico protegido por las normas penales de la Ley N° 20.000, no puede estimarse, acorde con los principios que inspiran la respuesta punitiva del Estado, que se trata de una actividad reprochable penalmente que amerita una pena”.

En ese sentido, la Corte de Apelaciones recalcó que en este caso “la finalidad encuentra su razón de ser no en el propósito de traficar o consumir con fines recreacionales, sino que se encuentra acreditado que el objetivo es exclusivamente terapéutico, como parte de un tratamiento médico, la que en ningún caso puede ser reprochada desde el punto de vista penal, (por lo que) se dictará sentencia absolutoria respecto del acusado Juan Carlos Rojas Tamayo”.