El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) inició mediaciones colectivas con 8 bancos cuyos contratos contienen cláusulas que limitan su responsabilidad en caso de que los clientes sufran algún tipo de fraude.

El director nacional de la entidad, Ernesto Muñoz, enfatizó que las entidades financieras tienen la obligación de tomar todas las medidas de seguridad para que los consumidores no sean víctimas de fraudes o suplantaciones de identidad.

En las actuales condiciones, los bancos cuestionados se desligan anticipadamente de su responsabilidad, en caso que un usuario sea víctima de fraudes tras el extravío, robo o hurto de sus tarjetas.

El Sernac también detectó disposiciones contractuales que apuntaban a que el banco no asumiera ningún tipo de responsabilidad cuando los usuarios fueran afectados por casos diversos casos, por ejemplo, aquellos en que terceros hacen uso fraudulento de sus claves, operando a través de cajeros, o de los portales web dispuestos por las empresas.

Sólo durante 2016, Sernac recibió alrededor 3.200 reclamos en contra de las entidades bancarias relacionados con clonaciones y fraudes financieros.

Algunas de las cláusulas detectadas:

– El banco queda liberado de toda responsabilidad por daños y perjuicios por el mal uso de sus claves secretas, ya sea de parte del propio cliente como de terceros.

– El cliente asume expresa y anticipadamente, la plena responsabilidad por perjuicios ocasionados al Banco o a terceros, por eventos de extravío, hurto o falsificación, mal uso o cualquiera otra circunstancia que afecte a la tarjeta.

– Todas aquellas operaciones cursadas mediante el uso de las claves secretas realizadas a través de internet, serán responsabilidad de los clientes

Los bancos cuestionados:

– Banco Consorcio

– Banco Internacional

– Banco BICE

– Banco Santander

– Banco Falabella

– Banco Security

– Banco BCI

– Banco Scotiabank

Seguros

Respecto a los seguros que ofrecen los bancos para evitar fraudes financieros, el Sernac aclaró que los consumidores tienen derecho a que las empresas le respondan si no prestan sus servicios con medidas de seguridad adecuadas, hayan o no contratado un seguro.

Las empresas tienen que responder siempre que se extienda a su deber de profesionalidad. Por ejemplo, ante un robo de una tarjeta, el banco siempre tiene la obligación de chequear la identidad de quien la usa; en el caso de clonación, debe tener mecanismos asociados a los medios de pago que tengan medidas antifraudes.

El seguro puede servir cuando se cubren eventualidades distintas a las que se pagan vía común, como por ejemplo robos a la salida del cajero automático.