El sueño de la casa propia es algo a cumplir por muchas familias y también por muchos jóvenes que buscan tener su propio espacio. Se trata de una de las inversiones más importantes de la vida, pues involucra proyecciones en la que se destinan gran parte de los ahorros conseguidos durante años.

Con el propósito de reforzar el conocimiento que tienen los consumidores al momento de comprar una vivienda, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) lanzó la campaña informativa “Tus derechos en el mercado inmobiliario”, junto con difundir la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC) que establece una serie de derechos, entre ellos:

  1. Que se cumpla al pie de la letra todo lo prometido: por ejemplo, con los plazos de entrega y las características de la vivienda, así como las promociones, ofertas y los stocks informados de la vivienda disponible a la venta.
  2. Recibir información veraz y oportuna: Esto significa que las empresas no deben omitir ningún aspecto relevante, antes, durante y después de la compra. Por ejemplo: la eventual construcción de una autopista a futuro, posibles accesos a estaciones de metro o acceso a centros comerciales.
  3. El consumidor tiene derecho a conocer el precio final, con todos los cargos incluidos.
  4. Lo que la inmobiliaria promete en su publicidad: se entiende incorporado al contrato de compra-venta. Por ejemplo, si la empresa promete determinados metros cuadrados, áreas verdes, sala de eventos, piscina, seguridad u otras características como el tamaño, o incluso determinada “vista”, es eso lo que el consumidor tiene derecho a recibir.
  5. Cuando las inmobiliarias no cumplen la ley: los consumidores tienen derecho a reclamar y exigir las compensaciones que correspondan.

La normativa especial que rige este mercado, denominada Ley de Calidad de la Vivienda establece, entre otros aspectos, los plazos en que las empresas deben responder cuando se producen problemas en:

  • En las terminaciones, durante los primeros 3 años desde la fecha de la inscripción del inmueble a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
  • En las instalaciones durante los primeros 5 años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra.
  • Estructurales durante los primeros 10 años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra

Compra-Vivienda

Esta normativa especial incluye además el procedimiento de demandas colectivas por los daños y perjuicios en la calidad de las construcciones. Para poder ejercer este tipo de acciones se requiere que el número de afectados sea de 6 o más propietarios. Es decir, si existe un grupo de 6 o más afectados por mala calidad de construcción en un conjunto habitacional, el Sernac puede iniciar un juicio colectivo bajo la Ley de Calidad de la Vivienda.

Recomendaciones

Al momento de comprar una vivienda, un buen consejo es guardar los soportes publicitarios, los que le servirán para saber qué exigir y tener las pruebas en caso de cualquier incumplimiento.

En el caso de las compras en verde, la Ley de Calidad de la Vivienda exige una póliza de seguro a la empresa que garantiza al consumidor la recuperación del dinero pagado en caso de que no se realice el proyecto.

También es importante solicitar toda la toda la información relevante del proyecto, antes incluso de hacer una reserva en dinero.

Las superficies deben ajustarse a lo vendido, y en caso de existir diferencias, los consumidores deben ser compensados por la inmobiliaria, sin perjuicio de las sanciones que contempla la LPC.

Los plazos de entrega deben respetarse. El llamado a los consumidores es negociar contratos con multas en caso de atrasos.