La Corte de Apelaciones de Temuco acogió por unanimidad el recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) para determinar responsabilidades en las lesiones que sufrió un joven mapuche que recibió un disparo de Carabineros.

Se trata de los hechos ocurridos el domingo 27 de diciembre del año pasado, cuando un vehículo policial blindado ingresó sin orden judicial a la comunidad Juan Antinao, produciéndose un incidente con los comuneros, ante lo cual, Carabineros respondió disparando una escopeta antidisturbios, hiriendo de gravedad en el rostro y la cabeza a un joven de 18 años.

El abogado del INDH Marco Rabanal, dijo que el fallo de la Corte, tomando en cuenta estos antecedentes, indica que la actuación de Carabineros no fue racional, ni el uso del arma proporcional a los hechos que enfrentaba.

Rabanal indicó que esta sentencia marca un precedente en La Araucanía.

La Corte afirma que tales actos constituyen una “vulneración de los derechos constitucionales de libertad personal y seguridad individual“, ordenando a la Prefectura de Fuerzas Especiales de La Araucanía efectuar los procedimientos policiales con estricta sujeción a la normativa constitucional y legal vigente, absteniéndose en el futuro de afectar los derechos fundamentales del amparado y cuidando el uso de las armas.