La Corte Suprema rechazó el recurso de protección presentado por la Asociación Indígena Quechua Mamiña Unida en contra de la Comisión Ambiental de Tarapacá que aprobó el proyecto: “Continuidad Operacional Cerro Colorado”, el cual se emplaza entre Pozo Almonte y Pica, con una inversión cercana a los 467 millones de dolares.

En fallo unánime, los ministros Patricio Valdés, Pedro Pierry, Juan Eduardo Fuentes, Carlos Aránguiz y Manuel Antonio Valderrama ratificaron la sentencia dictada el 1 de octubre de 2015, por la Corte de Apelaciones de Iquique, la cual rechazó la medida cautelar.

Hay que hacer presente que la asociación indígena presentó este acto legal, ya que consideran que el proyecto infringe el Convenio 169 de la OIT, en relación a la Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y a la Ley 19.253, sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas.

Además, denuncian que no se realizó una consulta indígena en las comunidades que podrían resultar afectadas por el funcionamiento de ésta minera.

La sentencia del máximo tribunal concluye que la resolución de calificación ambiental que aprobó el proyecto no constituye un actuar arbitrario o ilegal del organismo técnico por lo que “no hay quebrantamiento alguno de un derecho que haya de restablecerse de manera urgente mediante la acción cautelar intentada”.

Hay que hacer presente que la empresa BHP Billiton, quienes están a cargo del proyecto, podrán seguir explotando los recursos presentes en el sector hasta el año 2023, sin modificar el proceso y manteniendo el nivel de producción actualmente autorizados.