En fallo unánime, la Cuarta Sala de la Corte Suprema confirmó que los trabajadores pueden ir a huelga fuera del proceso de negociación colectiva en las empresas.

El tribunal ratificó la sentencia que rechazó el desafuero sindical de dos dirigentes de Actionline Chile S.A. que organizaron una huelga de brazos caídos, y declaró inadmisible un recurso de unificación de jurisprudencia interpuesta contra la resolución.

Esta sentencia ratifica el fallo de la 10ª Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que había rechazado el desafuero de los dirigentes de la empresa de call center, Claudio Yutronic y Rodrigo Carmona, y determinó que el derecho a huelga está garantizado fuera de los procesos de negociación colectiva.

“La sola circunstancia que la ley regule la huelga para un caso, en la negociación colectiva reglada, no puede llevarnos a sostener que fuera de ella se encuentre prohibida, pues lo que el legislador ha omitido regular o definir, no puede sostenerse que lo ha prohibido”, se lee en la resolución del tribunal de alzada.