La Corte de Apelaciones de Coyhaique condenó a psicopedagoga como autora ejecutora de actos constitutivos de violencia intrafamiliar psicológica en perjuicio de su cónyuge, imponiéndole el pago de una multa de 15 Unidades Tributarias Mensuales (unos 670 mil pesos).

El dinero irá beneficio del Gobierno Regional de Aysén, para ser destinado a los Centros de Atención de Víctimas de Violencia Intrafamiliar que existan en la región.

Además la condenada deberá cumplir con la prohibición de acercarse a la víctima y la asistencia obligatoria a programas terapéuticos o de orientación familiar.

El fallo revocó la sentencia de primera instancia del Tribunal de Familia de Coyhaique, que rechazó la denuncia inicial presentada por el cónyuge.

La Corte se fundamenta en que los hechos denunciados, “sin duda alguna contienen actos de amenazas y descalificaciones, y trascienden el ámbito de la relación familiar, toda vez que apuntan a hechos que recaen y menoscaban la personalidad del individuo, su aspecto varonil, su capacidad intelectual y también tiene una fuerte implicancia en el ámbito laboral”.

El texto explica que se observaron “expresiones de agresión psicológica y hostigamiento hacia el demandado, sin fundamentos, a través del teléfono y mensajes por redes sociales, estas últimas que han dejado de ser privadas y han pasado a ser públicas“.

Uso del lenguaje

Agrega la sentencia de segunda instancia, que la denunciada utilizó la expresión “no hay forma de que existan tantos soretes en el mundo“, lo que reviste trascendencia, tomando en cuenta que proviene de una profesional psicopedagoga, esto es, una especialista en los comportamientos humanos en situación de aprendizaje, “que utiliza ex profeso la palabra “sorete” para dirigirse al denunciante, expresión que quiere decir una persona de baja moral, despreciable, una porción compacta de excremento que se expele de una vez, una mierda, lo que unido a las restantes expresiones ya mencionadas, llevan a esta Corte a concluir que precisamente ha sido la denunciada quién ha tenido un comportamiento en el que ha habido situaciones de abuso de poder en el plano psíquico contra quién fue su cónyuge“, explican.

“Ello está en plena concordancia con lo afirmado por la psicóloga del Servicio Médico Legal, que al examinar al denunciante concluye que éste presenta ciertos rasgos y síntomas de daño psíquico emocional, producto de problemas de relación y problemas conyugales, por lo que se le sugirió un tratamiento psicológico”, sostiene el texto.