La cancillería destacó que “la conducción de las relaciones internacionales le corresponde al Gobierno”, en respuesta a la decisión de la Corte Suprema de presentar un requerimiento sin intermediación del Ejecutivo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, para que visite en la cárcel a opositores venezolanos, entre los que se encuentra Leopoldo López.

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La secretaría de Estado aludió a la propia Constitución para sostener su posición, según indicó en un comunicado. “En su Artículo 32 N°15, le entrega al Presidente de la República la facultad especial de conducir las relaciones internacionales con otras potencias y organizaciones internacionales, con exclusión de la intervención de otros órganos del Estado”.

En la misma declaración, el Ministerio de Relaciones Exteriores señaló que la resolución de la Corte Suprema “no tiene precedentes y requiere de un profundo análisis”.

Lo anterior, luego de que el máximo tribunal del país desestimara por unanimidad una presentación del Consejo de Defensa del Estado, donde se pedía anular la decisión de la Suprema, que en primera instancia solicitó que el Gobierno realizara el requerimiento ante la Comisión de DDHH de la OEA.

La Corte Suprema acogió un recurso de protección a favor de los opositores venezolanos Leopoldo López y Daniel Ceballos, detenidos en los penales de Ramo Verde y Guarico, en Caracas.

El recurso fue presentado en nuestro país por los abogados John Benedict Londregan y María Victoria Villegas Figueroa, y en primera instancia fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Valparaíso.


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