El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) español rechazó suspender la descalificación del Real Madrid de la Copa del Rey por alineación indebida contra el Cádiz, como había pedido el equipo ‘merengue’ en un recurso.

“El Tribunal, una vez estudiados los argumentos del recurrente y la documentación recibida de la Federación ha acordado no conceder la medida cautelar solicitada por el club por no concurrir los requisitos exigibles por la legislación vigente, sin que ello suponga, en ningún caso, un pronunciamiento sobre el fondo del recurso”, afirmó en un comunicado.

Tras conocer la decisión, el Real Madrid afirmó que “respeta esta decisión del tribunal”.

El ‘gigante’ hispano recurrió ante el TAD después que el jueves el comité de apelación de la Federación Española de Fútbol (RFEF), ratificara la decisión del juez único de competición de eliminar al club madridista por alineación indebida en el partido de ida de los dieciseisavos de final de la Copa del Rey contra el Cádiz (1-3) disputado el 4 de diciembre.

Los blancos alinearon al ruso Denis Cheryshev, autor del primer gol blanco, que había sido amonestado el 6 de marzo cuando aún jugaba en el Villarreal, en el partido de vuelta de semifinales contra el Barcelona, lo que le suponía su tercera tarjeta amarilla en el torneo copero y, como consecuencia, un partido de suspensión.

Mientras se decide sobre su recurso, el Real Madrid había solicitado que se suspendiera su eliminación, lo que le hubiera permitido jugar el partido de vuelta el próximo miércoles en Madrid. Los blancos han empezado a devolver el dinero de las entradas que habían empezado a vender para este encuentro.

Notificación por fax

El Real Madrid afirma que desconocía la suspensión del jugador ruso y que esta no es válida porque “nadie la había notificado al jugador”.

Pero el comité de apelación consideró que el club es responsable de conocer la situación de sus jugadores y que el Villarreal recibió un fax comunicando la sanción al jugador, por lo que se considera esto como comunicación al jugador.

El TAD recuerda que para resolver sobre el fondo de cualquier asunto planteado, debe solicitar al órgano que dictó la resolución recurrida un informe sobre la misma, así como recibir todo el expediente administrativo.

El Tribunal remite después esta documentación a la parte recurrente y “a cualquier otra parte afectada directamente por el recurso, para que en el plazo máximo fijado, puedan elevar sus escritos de ratificación o alegaciones”.

El TAD afirma que en estos momentos no cuenta con esa documentación “y como consecuencia de ello, no está en disposición de poder resolver sobre el fondo” del asunto, pero decidió no admitir la petición del Real Madrid y suspender su eliminación.

Tras conocer la decisión del TAD, el Cádiz (Segunda División B) afirmó que “queda a la espera del sorteo de octavos de final de la Copa de Su Majestad el Rey del próximo viernes”.

El club gaditano afirma que está a la espera de recibir la documentación del TAD, tras lo cual “el gabinete jurídico dictaminará los pasos a seguir en los próximos días”.