El Parlamento Europeo aprobó este jueves en comisión la directiva para crear un registro de nombres de pasajeros (PNR, por sus siglas en inglés) reclamado por la totalidad de los países miembros de la UE y en particular Francia, luego de los atentados del 13 de noviembre.

La comisión de Libertades Civiles aprobó el acuerdo alcanzado entre el Consejo Europeo (que representa a los 28 países miembros de la UE) y los negociadores del Parlamento.

A favor se pronunciaron 38 eurodiputados, 19 votaron en contra y dos se abstuvieron.

El PNR es utilizado en la lucha contra el terrorismo y los crímenes graves. Son las empresas aéreas o los operadores turísticos los que deben crearlo y recoge los datos obtenidos durante los procedimientos de reservas y chequeo para ser consultados por las autoridades nacionales de seguridad.

La lista incluye el nombre, dirección, número de teléfono, detalles de las tarjetas de crédito, agencia de viajes, equipaje y número de asiento de cada pasajero, así como “información sensible”, a menudo relacionada con la elección religiosa de una comida o pedido de ayuda por problemas médicos.

El proyecto de directiva (ley) propuesto por la Comisión estaba bloqueado en el Parlamento desde 2011 a la espera de que se incorporaran garantías sobre la protección de las libertades individuales.

Los Estados miembros reclamaban que el acceso a los datos nominativos fuera de hasta nueve meses, pero el Parlamento exigió un plazo de seis meses y la conservación de las informaciones, sin que sean nominativas, por cinco años. Finalmente, el viernes pasado los ministros de Interior aceptaron lo que pedía la Eurocámara.

El pleno del Parlamento debe ahora pronunciarse sobre este proyecto de directiva a principios de 2016.

Los Estados miembros tendrán dos años para transponer esta nueva reglamentación en su legislación nacional.

Pero el texto aprobado, que autoriza la creación de 28 registros nacionales, tiene sus límites. Incluso, algunos eurodiputados critican que no sea lo suficientemente preciso en lo que concierne al acceso automático y recíproco de los datos recopilados entre los 28 Estados miembros.