Este martes, el Ejecutivo ingresó indicaciones al proyecto de despenalización del autocultivo de la marihuana.

De esta manera, la indicación redujo a una por domicilio las plantas que se permiten y a dos gramos el porte para consumo privado.

Originalmente, la iniciativa -que nació de una moción- modificaba el Código Sanitario y la Ley 20.000 para permitir el autocultivo de hasta seis plantas por persona, la utilización de la marihuana para fines terapéuticos y recreacionales y el porte máximo de hasta 10 gramos para consumo privado.

En la instancia estuvo presente Mariano Montenegro, director del Senda, organismo que tiene como finalidad trabajar en la prevención de consumo de drogas y que sostiene que el autocultivo abre la puerta al uso de la marihuana en adolescentes, un grupo de alto riesgo.

Según las indicaciones, quienes suministren cannabis a menores de edad arriesgan penas de “presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, y multas de 40 a 400 unidades tributarias mensuales”.

De igual forma se castigará a quienes tengan una planta sin autorización. Se señala que “el que, careciendo de la debida autorización, siembre, plante, cultive o coseche especies vegetales del genero cannabis, incurrirá en la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo y multa de 40 a 400 unidades tributarias mensuales, a menos que justifique que están destinadas a su uso o consumo personal y próximo en el tiempo”.

La discusión de este proyecto está programada para las 20:00 horas de este martes en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, a la que asistirá el ministro del Interior, Jorge Burgos, el subsecretario de Salud Pública, Jaime Burrows, y el director del Senda.